Para los que tengan que hacer la declaración de la renta del 2023, estas son las deducciones autonómicas en Asturias a las que podemos acogernos. Vamos a ver un pequeño resumen de cada una de ellas.
Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años
La persona acogida no puede estar vinculada, ser familia, de la persona que lo acoge (resumiendo un poco). La cuantía de la deducción será de 500 euros por cada persona acogida.
Por adquisición o adecuación de la vivienda habitual para contribuyentes con discapacidad
Se puede deducir el 3% de las cantidades invertidas durante el años en la compra o adecuación de la vivienda habitual cuando el declarante, su cónyuge, ascendientes o descendientes acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
Por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida
Se puede deducir el 100% de las cantidades satisfechas en el año para la compra o rehabilitación de una vivienda habitual que tenga la consideración de protegida conforme a la normativa estatal o autonómica. Con un límite máximo de 5000 €.
Por arrendamiento de vivienda habitual
Se puede deducir el 10% de las cantidades pagadas en el año por alquiler de la vivienda habitual, con un máximo de 500 euros. O en el caso de jóvenes de hasta 35 años, el 20% de las cantidades satisfechas pagadas de alquiler, con un máximo de 1000 euros.
Por adopción internacional de menores
Se pueden deducir 1.500 euros por cada hijo adoptado, siempre que el menor conviva con el declarante y se trate de una adopción de carácter internacional.
Por partos múltiples o por dos o más adopciones constituidas en la misma fecha
Serían 1.000 euros por cada hijo nacido o adoptado.
Para familias numerosas
Se pueden deducir 1.000 euros cuando se trate de familia numerosa de carácter general y 2000 euros cuando sean de categoría especial.
A partir de este año 2023, en Asturias, las familias que tengan dos hijos se consideran a efectos de la declaración de la renta, familias numerosas y podrán aplicarse esta deducción.
En caso de que no se tenga el título de familia numerosa se marcará esta casilla:
“Familia constituida por uno o dos ascendientes con dos hijos, sean o no comunes”
Para familias monoparentales
Podemos deducirnos 500 euros en el caso de un contribuyente que tenga a su cargo descendientes. Siempre que no convivan con cualquier otra persona ajena a los citados descendientes, salvo que se trate de ascendientes que generen el derecho a la aplicación del mínimo por ascendientes.
Por acogimiento familiar de menores
Hasta 500 euros por cada menor en régimen de acogimiento familiar, siempre que conviva con el menor 183 días durante el año
Por certificación de la gestión forestal sostenible
Se puede deducir el 30% de las cantidades invertidas durante el ejercicio para la obtención de certificación de la gestión forestal sostenible otorgada por la Entidad Solicitante de la Certificación Forestal Regional del Principado de Asturias o entidad equivalente. El importe máximo será de 1.000 euros por contribuyente.
Por gastos de descendientes en centros de cero a tres años
El 15% de las cantidades que se pague en el año a centros cero a tres años o guarderías. Cuantía máxima de 500 euros.
Por adquisición de libros de texto y material escolar
Podemos deducir el 100% de los importes que paguemos de la compra de adquisición de libros de texto o material escolar por cada descendiente. Para Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria.
Por nacimiento o adopción de segundo y sucesivos hijos en concejos en riesgo de despoblación
300 euros por cada segundo hijo o sucesivos siempre que conviva con el declarante y éste tenga su residencia en concejos de riesgo de despoblación.
Para contribuyentes que se establezcan como trabajadores por cuenta propia, o autónomos en concejos en riesgo de despoblación
1.000 euros por contribuyente siempre que que tenga su residencia habitual en concejos en riesgo de despoblación.
Por gastos de transporte público para residentes en concejos en riesgo de despoblación
Podremos deducir el 100% del importe de los gastos que paguemos para adquirir abonos de transporte público de carácter unipersonal y nominal. El importe máximo de deducción será de 100 euros.
Por gastos de formación en que hayan incurrido los contribuyentes que desarrollen trabajos especialmente cualificados, relacionados directa y principalmente con actividades de investigación y desarrollo, científicas y de carácter técnico
El 100% del importe de los gastos de formación satisfechos en que haya incurrido el contribuyente para el desarrollo de trabajos especialmente cualificados, relacionados directa y principalmente con actividades de investigación y desarrollo, científicas o de carácter técnico. El importe máximo de deducción aplicable es de 2.000 euros.
Para contribuyentes que trasladen su domicilio fiscal al Principado de Asturias por motivos laborales
El 15% de los gastos que se generen para el contribuyente como consecuencia del traslado de su domicilio fiscal al Principado de Asturias por motivos laborales. Límite máximo de la deducción, en general, 1000 euros.
Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en concejos en riesgo de despoblación
Un mínimo del 5% de las cantidades pagadas durante el año para la adquisición o rehabilitación de una vivienda situada en concejos en riesgo de despoblación.
Por adquisición de vehículos eléctricos
Se podrá deducir el 15% de las cantidades satisfechas en el año por la compra de un vehículo eléctrico nuevo. Siempre que se cumplan determinados requisitos.
Por el cuidado de descendientes o adoptados de hasta 25 años de edad
Se podrá deducir 300 euros por el primer hijo hasta 25 años de edad, que genere derecho a la aplicación del mínimo por descendientes regulado en el artículo 58 de la Ley del IRPF y 600 euros por el segundo y sucesivos descendientes.
Por emancipación de jóvenes de hasta 35 años de edad
Los jóvenes que se independicen podrán deducirse el 100% de los gastos que se produzcan en el año (alquileres, hipotecas, etc.) en el que se lleve a cabo la emancipación. Para jóvenes de hasta 35 años de edad, siendo el importe máximo de la deducción de 1.000 euros por contribuyente.
Por la obtención de ayudas o subvenciones otorgadas por el Principado de Asturias a enfermos de Esclerosis Lateral Amiotrófica
Para contribuyentes con esta enfermedad, que hubiesen integrado en la base imponible general el importe correspondiente a una subvención o cualquier otra ayuda pública otorgada por el Principado de Asturias a enfermos de Esclerosis Lateral Amiotrófica. Se podrá aplicar una deducción en la cuota íntegra por el importe que resulte de aplicar los tipos medios de gravamen a la cuantía de la subvención o ayuda que se integre en la base liquidable.
Aquí está el enlace a la web de la Agencia tributaria donde se explican estas deducciones autonómicas.
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