La situación de crisis en la que estamos, el paro y la precariedad laboral, hace que muchas personas opten por la vía de montar ellos su propio negocio. A esto también está ayudando que se está favoreciendo el emprendimiento a través de ayudas como la tarifa plana del 50 € para los nuevos autónomos. Que a ver si por fin pasamos de los 6 meses a un año con la nueva ley. El problema de todo esto es el principal problema al que se enfrentan todos los negocios, los clientes, como vender. Si como autónomo ya tienes una base de clientes, ya tienes mucho camino recorrido. Y muchas posibilidades de que te vaya todo bien. Aquí os dejo un artículo interesante, que se ha publicado en elEeconomista donde vienen unos buenos consejos para empezar un negocio con buen pie.
Pero vamos a ver aspectos que tenemos que tener claros cuando nos damos de alta como autónomos.
Solicitar el pago único del desempleo antes de darte de alta
Imagínate que te han despedido de una empresa y tienes dos años de paro, y quieres montar un negocio. Pues puedes solicitar todo el paro de esos dos años y que te lo ingresen en un pago único. Esto condicionado a la inversión que hagas en el negocio. Es decir, tienes que presentar facturas, por un importe superior a lo que te tienes de paro en esos dos años. Pues esto, si te interesa, tienes que solicitarlo antes de darte de alta como autónomo. Si te das de alta y no lo has solicitado ya no lo puedes pedir. Hay que hacerlo antes del alta de autónomo. Además si te sobra paro puedes también solicitar también el abono de cuotas de la Seguridad Social, hasta agostar el paro que te queda. En caso de que la inversión que hagas en el negocio sea superior al paro de esos dos años.
Montar tu negocio y seguir cobrando el paro.
Si, se puede hacer. Puedes empezar con tu negocio y seguir cobrando el paro, pero sólo durante nueve meses. El resto que no cobras te lo guardan en tu “bolsa de paro” hasta cinco años. En este caso para solicitar esto es al revés del punto anterior. Hay que hacerlo después de darse de alta como autónomo.
No dar de alta tu vivienda habitual en Hacienda si vas a trabajar desde casa.
Si vas a trabajar desde tu casa, es decir una habitación de tu casa va a ser tu oficina, cuando te des de alta en Hacienda, tienes que indicar que metros cuadrados de tu casa vas a dedicar a la actividad. Para después poder deducir gastos de la vivienda, como suministros, en el porcentaje de los metros cuadrados que representa tu oficina en tu casa.
Darte de alta sin darse de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios.
Si vas a vender servicios o productos con otros países de la Unión Europea, lo mejor es que en el momento del alta como autónomo, solicites el registro de tu número VAT en el ROI, en el Registro de Operadores Intracomunitarios. Y esto es así porque es un proceso que tarda un poco y así lo vas adelantando. Si realizas una venta a un cliente final en otro país de la UE sí tienes que incluir el IVA en la factura. Mientras que si tu cliente es una empresa no lleva IVA (se trata de una operación sujeta a IVA, pero exenta del mismo). Es decir, entre países miembros de la Comunidad Económica Europea, el IVA tiene el mismo tratamiento que si se realizara entre dos negocios situados en España. El impuesto tiene un carácter europeo.
Un apunte, Canarias, Ceuta y Melilla no estarían incluidas en los territorios de aplicación del IVA español. Trabajan con otro sistema tributario.
Supongamos ahora que ya tienes tu VAT (tu número de identificación para operaciones intracomunitarias). Si en el plazo de un año desde que te lo conceden, no has realizado ninguna operación intracomunitaria, pierdes el VAT y tendrás que solicitar uno nuevo.
Darse de alta en la Seguridad Social primero antes de hacerlo en Hacienda.
Primero has de darte de alta en la Seguridad Social y después en Hacienda. O hacerlo simultáneamente a través de un Punto PAE (como nuestra asesoría). Ya que la SS coge los datos del alta en Hacienda y si no te has dado de alta primero en Hacienda, tendrás que hacerlo primero. Tienes de plazo incluso un mes para darte de alta en la SS desde que te das de alta en Hacienda. Aunque no mucho más, ya que la Seguridad Social puede pensar que te has dado de alta en Hacienda y no en la Seguridad Social. Y que estás trabajando sin darte de alta y querrá cobrar sus cuotas. Hay que tener cuidado con este tema.
No todos los gastos se pueden deducir
Hacienda es muy estricta con los gastos que se pueden deducir como autónomo.
Para saber que gastos se pueden deducir depende mucho del epígrafe profesional que te hayas dado de alta en Hacienda. Así el vehículo para determinados profesionales se podrán deducir el iva al 100% (los menos). Y otros (la mayoría) al 50%. En el caso del IRPF no es deducible este gasto del vehículo. En el caso de un móvil, por ejemplo es conveniente tener dos líneas, una personal y otra para el negocio.
La regla de oro es que los autónomos sólo podrán deducir «las cuotas soportadas o satisfechas por las adquisiciones o importaciones de bienes o servicios que afecten, directa y exclusivamente, a su actividad empresarial o profesional»
Tener facturas con IVA deducible antes de darte de alta
Para que esté todo correcto y no tener problemas, lo mejor es darse de alta en Hacienda antes de comprar algo para la actividad. Es decir que la fecha de alta como autónomo en Hacienda sea anterior a la fecha de las facturas de compras de productos o servicios para tu negocio. (Por los que te querrás deducir el IVA). Esto es lo correcto, que hay veces que las facturas son anteriores unos días al alta y no pasa nada, también…Pero para evitar problemas hagámoslo así.
Apuntarte en un solo epígrafe de actividad.
Cada actividad a desarrollar tiene si correspondiente epígrafe, su correspondiente IAE. Y esto hay que comunicarlo en el momento del alta en Hacienda. Si en tu negocio vas a realizar varias actividades, es conveniente que te des de alta en los diferentes códigos IAE para esas actividades. Esto condicionará el régimen fiscal de tu negocio.
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