Ayudas para los transportistas. Ayudas para las autorizaciones de transportes

Ayudas para los transportistas. Ayudas autorizaciones de transportes que no pueden ser censados en la devolución del gasóleo profesional.

Ayudas para los transportistas. Desde el día 18 de septiembre de 2023 hasta el 31 de octubre de 2023, va a estar activa una nueva línea de ayudas para las autorizaciones de transportes y qué por las características de los vehículos, no pueden ser censados en la devolución del gasóleo profesional.

Aquí os dejamos dos enlaces:

El primero es más genérico y dentro tiene otros links, donde poder entrar al apartado de preguntas frecuentes y a toda la información completa de ayuda.

Y el segundo, informa directamente de todos los aspectos de la ayuda.

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/DJ26.shtml

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC50.shtml

Aquí dejamos el enlace al BOE donde ha salido publicado

Los aspectos que creemos mas importantes son:

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Los trabajadores autónomos y empresas legalmente constituidas en España que, a 30 de junio de 2023:

  1. Se encuentren de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte como titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDLE y MDPE
  2. Tengan a su disposición licencia expedida en Ceuta y Melilla para vehículos taxi.

Sean titulares de autobuses urbanos conforme a la clasificación por criterios de utilización del Reglamento General de Vehículos y que a fecha 30 de junio de 2023, se encuentren de alta en el Registro de vehículos de la Jefatura central de Tráfico.

Actividades que tienen derecho a esta ayuda

Las ayudas se reparten entre las siguientes actividades de transporte. Hay que estar de alta en estos CNAEs:

  1. Transporte por taxi (Código CNAE 4932).
  2. Tipos de transporte terrestre de pasajeros  n.c.o.p (Código CNAE 4939).
  3. Transporte de mercancías por carretera (Código CNAE 4941).
  4. Servicios de mudanza (Código CNAE 4942).
  5. Servicio de transporte sanitario de personas (Código CNAE 8690).
  6. Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros (Código CNAE 4931).

Importe de la ayuda

El importe individual se determina, dentro de cada actividad, en función del número y tipo de vehículo explotado por cada beneficiario.

A continuación, se detallan los tipos de los vehículos y el importe de la ayuda fijada para cada uno de ellos:

  • Mercancías pesado. Camión. MDPE con MMA ≥7,5 t y tipo de carburante GLP, GNC o GNL. Ayuda fijada 1.845 euros
  • Mercancías pesado. MDPE con MMA ≥7,5 t, tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla. Ayuda fijada: 1.350 euros.
  • Mercancías pesado. Camión.  MDPE con MMA <7,5 t. Ayuda fijada: 500 euros.
  • Mercancías ligero. Furgoneta. MDLE. Ayuda fijada: 225 euros.
  • Ambulancia VSE. Ayuda fijada: 225 euros.
  • Taxis. VT con tipo de combustible GLP, GNC o GNL. Ayuda fijada: 205 euros.
  • Taxis.  VT con tipo de combustible gasolina. VT con tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias o taxis domiciliados en Ceuta o Melilla o sin aparato taxímetro. Ayuda fijada: 150 euros.
  • Vehículo alquiler con conductor. VTC. Ayuda fijada: 150 euros.
  • Autobús. VDE y tipo de carburante GLP, GNC o GNL. Ayuda fijada: 1.025 euros.
  • Autobús. VDE y tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla. Ayuda fijada: 750 euros.
  • Autobús urbano conforme a la clasificación por criterios de utilización del Reglamento General de Vehículos y tipo de combustible GLP, GNC o GNL. Ayuda fijada: 1.025 euros.

Autobús urbano conforme a la clasificación por criterios de utilización del Reglamento General de Vehículos, tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla. Ayuda fijada: 750 euros.

Plazo para solicitar la ayuda

Se podrá presentar durante el periodo comprendido entre el 18 de septiembre y el 31 de octubre de 2023.

¿Necesitas que te asesoremos?

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