Vamos a ver las principales novedades que nos traerá la nueva ley para los trabajadores autónomos en este 2017.
Ampliación de la tarifa plana de los autónomos
En principio, para los nuevos autónomos se amplía la tarifa plana de los 50 € de 6 meses a un año. No sabemos cómo quedarán el resto de tramos, porque hasta ahora era los primeros 6 meses 50 €, los siguientes 6 meses 133 €. Estos segúndos seis meses y siguientes entendemos que quedará igual que ahora.
Período para tener derecho a la tarifa plana
Hasta ahora, para acogerse a la tafifa plana, tenían que haber pasado 5 años, desde que se dió de alta como autónomo. Ahora para poder acogerse a esta ayuda, serán sólo dos años. Pero en el caso de que ya te hubieras acogido a la tarifa plana previamente, serán 3 años.
Sistema de cotización en el RETA
Los autónomos se podrán cambiar hasta cuatro veces su base de cotización al año para adecuarla mejor a los ingresos..
Ahora tendremos dos nuevos periodos de cambio de la cotización. Las fechas son las siguientes:
- Se aplica a partir del 1 de abril para las solicitudes realizadas entre el 1 de enero y 31 de marzo.
- A partir del 1 de julio para las solicitudes realizadas entre el 1 de abril y 30 de junio.
- A partir de 1 de octubre para las solicitudes realizadas entre 1 de julio y 30 de septiembre.
- Y aplicación a partir del 1 de enero del siguiente año para las solicitudes realizadas entre 1 de octubre y 31 de diciembre.
Pago de cuota por días trabajados en el alta o la baja
Hasta ahora el autónomo cuando se daba de alta aunque fuera a mitad o final de mes pagaba la cuota mensual completa. La nueva ley contempla un total de tres bajas y tres altas anuales y el pago proporcional por los días de trabajo.
Devoluciones por exceso de cotización
Para los autónomos en situación de pluriactividad. Hoy en día pueden reclamar su derecho a la devolución del 50% del exceso de cotización. Siempre y cuando la cuantía sea igual o superior 12.368,23€. La reforma contempla la devolución automática, es decir sin que lo solicite el autónomo.
Tarifa plana para las autónomas por baja maternal.
Se ha establecido una tarifa plana de 50 euros de cuota, para las mujeres que se reincorporen al trabajo después de la baja por maternidad.
Exención del 100% de la cuota para autónomos por cuidado de menores.
Exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año a autónomos encargados del cuidado de menores o personas dependientes. Con el fin de garantizar una mejor conciliación laboral y familiar.
Cambios en la cotización del autónomo societario
La cuota de los autónomos societarios se desvincula de la subida del salario mínimo interprofesional, de manera que se va a de determinar por los presupuestos generales del Estado de cada ejercicio.
Recargos por el impago de una cuota
Se reducen los recargos por retraso en el pago de las cuotas a la Seguridad Social a la mitad. Ahora para el primer mes el recargo será del 10%. Para el segundo mes será igual que antes, el 20%.
Bonificaciones a la contratación
Ahora se va a poder contratar a familiares de forma indefinida y tener bonificaciones a la contratación. Hasta ahora los autónomos que contrataban a familiares se veían limitados por el número de contrataciones y la persona a la que contrataban. Ahora habrá una bonificación total de las cotizaciones a la Seguridad Social por cada contrato indefinido a un familiar. Esto siempre y cuando en el año anterior no haya habido ningún despido improcedente.
Accidente de trabajo in itinere
En la ley actual no se contempla el accidente de trabajo in itinere para los autónomos. Es decir el accidente que ocurre cuando te desplazas a tu trabajo o a la vuelta a tu casa. Pero esto cambiará en la nueva ley y si estarán incluidos.
Pensión del autónomo empleador
Para los autónomos en edad de jubilación que tengan personal contratado en su empresa y que compaginen su actividad con la jubilación hasta ahora recibían el 50% de la pensión. Ahora pasarán a recibir el 100%.
Deducciones de gastos si trabajas desde casa.
Para los autónomos que trabajen desde casa con la nueva ley se podrán deducir en un 30% en el IRPF. Nos estamos refiriendo a los gastos de los suministros de electricidad, gas y telefonía. Hasta ahora era muy complicado el poder deducirlos.
Gastos de manutención.
Los autónomos podrán deducirse unos 27,27€ de gastos diarios de manutención. Siempre que esté justificado con factura (bueno…como todos los gastos).
Representación de los autónomos
Se les da un mayor protagonismo a los autónomos en la participación de las organizaciones. Las organizaciones de autónomos más importantes y representativas pasan a considerarse de “utilidad pública”. Las organizaciones también contarán con un año de plazo para entrar en el CES (Consejo Económico y Social) y para la constitución del Consejo del Trabajo Autónomo.
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