Vamos a ver lo que hay que hacer para crear una SL, una Sociedad Limitada. Una visión de lo que hay que hacer. Desde la selección del nombre de cara al Registro Mercantil. Pasando por el banco, el notario y Hacienda. Este podría ser el recorrido.
La Sociedad Limitada es el paso siguiente para los autónomos o pequeños negocios que quieran constituirse como empresa. Es la forma más ventajosa, rápida y sencilla de hacerlo.
Nosotros como Punto PAE (Punto de Atención al Emprendedor) acreditado por el Ministerio de Economía e Industria para Oviedo, te podemos dar solución a esto en un breve plazo de tiempo. En unos 15 días puedes tener tu Sociedad Limitada creada.
Vamos allá con el tema.
Registrar el nombre de la empresa
Lo primero sería seleccionar el nombre de la empresa. Para ello has de elegir unos 3 nombres de mayor prioridad a menor. Con la finalidad de solicitar al Registro Mercantil Central un certificado negativo de denominación social. Este certificado acredita que el nombre elegido para la empresa no coincide con el de ninguna otra sociedad. Esto se puede realizar a través de la web del Registro Mercantil.
Aquí también os dejo un enlace a la página del Registro, donde vienen unos consejos para elegir el nombre y evitar que coincide con el de otra empresa existente.
Cuando el Registro te concede el certificado del nombre, este queda te queda reservado durante 6 meses. Pero, pero….antes de tres meses, tendrás que ir al notario a registrarlo. Si pasas 6 meses sin que se haga nada con el nombre, se pierde y vuelve a estar disponible para todo el mundo.
Cuenta bancaria
Ya tenemos el certificado del Registro Mercantil, ya sabemos como se va a llamar nuestra Sociedad Limitada. Una vez esto tendremos que ir a nuestro banco y abrir una cuenta a nombre de la empresa. En la que deberemos ingresar 3.000 €. Este el es capital mínimo exigible a una Sociedad Limitada. Con el justificante del banco del ingreso, hemos de ir al notario.
Notario
Con el papelín del banco que justifica la apertura de la cuenta con el ingreso de los 3000€, vamos al notario.
El notario nos redactará o propondrá unos estatutos sociales tipo. Son las normas de funcionamiento de la empresa. Con estos estatutos sociales el notario hará la escritura pública de constitución. Una vez redactada por el notario la escritura, tienen que ir todos los socios de la sociedad a firmarla. Para ello hace falta la siguiente documentación:
- D.N.I. original de cada uno de los socios.
- Declaración de inversiones exteriores (si alguno de los socios es extranjero).
- Los Estatutos Sociales de la Sociedad, que también los habrá hecho el notario, con los que el o nosotros le hayamos propuesto.
- La certificación negativa del nombre del Registro Mercantil central (original).
- La certificación bancaria conforme hemos abierto una cuenta con la aportación de los 3000 € para el Capital Social.
Solicitar en Hacienda el NIF provisional
Con las escrituras hay que ir a Hacienda a solicitar el NIF provisional. Hay que cubrir el modelo 036 para solicitarlo, junto con fotocopia del DNI del firmante y de las escrituras de constitución de la empresa. Este NIF provisional tiene un plazo de validez de 6 meses.
Presentar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
Y digo presentar, porque ahora para la constitución de sociedades está exento de pago este impuesto (antes había que pagar el 1% del capital social). Hay que presentarlo en Tesorería u Oficina de Hacienda de la Comunidad Autónoma donde vaya a tener el domicilio social la sociedad. Tenemos un plazo de 30 días desde que tenemos las escrituras de constitución. Hay que presentar el modelo 600 junto con una copia simple de la escritura de constitución.
Inscripción en el Registro Mercantil
La sociedad ha de inscribirse en el Registro Mercantil de la provincia en la que se ha fijado su domicilio social. Para ello, tiene un plazo de dos meses desde la obtención de la escritura de la constitución y necesita aportar la siguiente documentación:
- Copia auténtica de la escritura de constitución de la Sociedad.
- Certificación negativa de denominación social.
- Documento acreditativo de haber liquidado el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Copia del N.I.F. Provisional.
Solicitar en Hacienda el NIF definitivo
Una vez hecho todo esto hay que volver a Hacienda y solicitar el NIF definitivo.
Además habrá que darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), según la actividad o actividades que se vayan a realizar. Para ello es el modelo 840. Si tu cifra de negocio es menor a 1.000.000 al año, no habrás de presentarlo y sólo será necesario el 036.
Pues ya hemos acabado. Una vez esto la Sociedad Limitada ya está creada. Después faltarían los requisitos a nivel de tu ayuntamiento por el tema del local donde se desarrolle la actividad. Y el tema de la Seguridad Social en el caso de que se tengan trabajadores.
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