Plazos para la declaración de la renta 2017

Declaración de la renta 2017. Plazos para realizar la declaración. Novedades para este año. Desaparece el programa padre

Estos son los plazos para realizar la declaración de la renta del 2016, que comienza hoy mismo:

– Desde el 5 de este mes de abril 2017. Se puede presentar por internet el borrador de la declaración.

Desde el 4 de mayo hasta el 29 de junio. Plazo para pedir cita previa para realizar las declaraciones o modificar los borradores.

–  A partir del 11 de mayo y hasta el 30 de junio. Se puede hacer la presentación de la declaración en entidades colaboradoras para hacerla, como por ejemplo en oficinas de la AEAT.

– Hasta el 26 de junio. Este es el límite para presentar la declaración de la renta con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.

– Hasta el 30 de junio: plazo para presentar el borrador o la declaración de la renta en el resto de casos, cuando sale a devolver, negativa o cuando sale a ingresar sin que domiciliemos en pago.

Declaración renta 2017

¿Que novedades hay este año?

La principal es que desaparece el programa PADRE (30 años creo que llevamos con él, casi nada).  Ahora se pasa a utilizar el Renta WEB, (como el programa padre pero en la nube). Esta aplicación o plataforma de Renta WEB se generaliza para todos los contribuyentes, cualquiera que sea la naturaleza de sus rentas. Hasta ahora, el programa padre era necesario para una persona como un autónomo, que realiza actividades económicas. Ahora este sistema de Renta Web se generaliza para todos los contribuyentes.

En relación al borrador de la declaración que hace Hacienda, con el sistema Renta WEB, ya viene incluido. Lo que se hace es como un propuesta de declaración que hay que revisar o modificar, en caso de que sea necesario. Pero habrá, igual que en años anteriores, envío de borrador por correo.

Se podrá disponer del borrador de la declaración a partir del día 5 de abril. Este se puede solicitar en la web de Hacienda a través de  tres formas: con el certificado electrónico , clave pin o con el número de referencia.

El número de referencia es un número o un código que envía la Agencia Tributaria por sms al móvil. Permite gestionar todo el trámite de la declaración de la renta. Se puede solicitar mediante:

  • Casilla 440 de la renta del 2015
  • Certificado electrónico
  • Clave pin.

Para los profesionales y empresarios

Los profesionales y empresarios que quieran hacer su declaración por internet podrán hacerla mediante Renta Web. Esto será prácticamente igual que el programa PADRE y con más ventajas según dicen, como: actualización de la información, mayor usabilidad al poder continuarse las sesiones de trabajo en distintos dispositivos, etc.

Cuando se entre en el renta Web estarán incorporados muchos de los datos personales y económicos, pero habrá que completar los datos correspondientes a la actividad económica, según dice Hacienda.
Aquí os dejo el enlace a la página de la Agencia Tributaria donde se inicia todo el proceso.

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