Un pequeño resumen de los tipos impositivos que tenemos en el IS y en el IRPF, para hacernos una idea de lo que paga, por ejemplo un autónomo o una empresa, y saber cuando conviene dejar de ser autónomo y montar una SL. Haciendo un número muy “muy” redondo, cuando el autónomo tenga un beneficio de más de 35.000 o 40.000 € al año…, ya que el tipo impuesto de sociedades es fijo (25%) mientras que los tipos del IRPF son progresivos, pagando más cuanto más ganas. Pero esto es muy resumido, habría que hacer números y además teniendo en cuenta la situación personal del autónomo.
IMPUESTO DE SOCIEDADES. TIPOS:
El tipo general era del 30% en 2014, 28% en 2015 y baja al 25% para este 2016
Después existen unos tipos reducidos que son:
Tipos reducidos del 15% para emprendedores. Para sociedades que supongan el inicio de una actividad económica.
Tipo reducido del 20% para las Cooperativas.
Tipo reducido del 10% para Asociaciones y Fundaciones
Tipo reducido del 1% para sociedades de inversión
El resúmen es que para el 2016 el tipo es del 25%.
La base imponible y la cuota el IS se calcula a partir del resultado contable de la sociedad, que es la diferencia entre ingresos y los gastos que hay en el ejercicio. A este resultado contable igual hay que hacerle una serie de correcciones o ajustes, debido a que hay unas diferencias existentes entre los criterios de cálculo del resultado contable, según la contabilidad, y los criterios de cálculo del resultado de la base imponible del impuesto de sociedades según Hacienda.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS. TIPOS:
Para el 2015:
Base liquidable Tipo Estatal aplicable Tipo autonómico aplicable Tipo Total
Euros Porcentaje Porcentaje Porcentaje
Hasta 12.450,00 9,50 10,00 19,50
Los siguientes 7.750,00 12,00 12,50 24,50
Los siguientes 13.800,00 15,00 15,50 30,50
Los siguientes 26.000,00 18,50 19,50 38,00
En adelante
(a partir de 60.000 euros) 22,50 23,50 46,00
Para el 2016:
Base liquidable Tipo Estatal aplicable Tipo autonómico aplicable Tipo Total
Euros Porcentaje Porcentaje Porcentaje
Hasta 12.450,00 9,50 9,50 19,00
Los siguientes 7.750,00 12,00 12,00 24,00
Los siguientes 15.000,00 15,00 15,00 30,00
Los siguientes 24.800,00 18,50 18,50 37,00
En adelante
(a partir de 60.000 euros) 22,50 22,50 45,00
VENTAJAS E INCONVENIENTES DE LA SOCIEDAD LIMITADA
Ventajas:
- La responsabilidad frente a las deudas con los acreedores está limitada al capital social y a los bienes a nombre de la sociedad.
- Tiene una relativa sencillez en cuanto a trámites burocráticos en la constitución como en el funcionamiento, comparado con una sociedad anónima.
- Capital social mínimo exigido es de “sólo” 3.000 €, que además una vez desembolsado puede destinarse a financiar la empresa.
- El nº de socios es el mínimo posible, uno, por lo que puede ser unipersonal.
- Los costes de constitución son bajos, sobre unos 500 € o 600 €..
- A partir de cierto nivel de beneficios o rendimientos, del orden de 40.000 €, los impuestos son menores que los del autónomo ya que el tipo del impuesto de sociedades es fijo (25%) mientras que los tipos del IRPF son progresivos, pagando más cuanto más ganas. Esta ventaja es relativa, ya que sólo tiene valor si parte de los beneficios de la empresa se dejan como patrimonio de la sociedad. Si parte de ese beneficio lo lleva el socio para sus gastos personales, tendría que tributar por su nómina o por los dividendos que se lleve y al final queda más o menos igual.
- Con una sociedad, el autónomo puede ponerse un sueldo, una nómina y desgravarlo como gasto.
- Hay una mayor facilidad de acceso al crédito bancario para las sociedades, ya que a los bancos les ofrecen una mejor información sobre su funcionamiento y además el hecho de ser Sociedad suele ofrecer una mejor imagen.
Inconvenientes:
- Las participaciones no son fácilmente transmisibles. Su venta está regulada por los estatutos de la sociedad y la Ley, teniendo prioridad los restantes socios. Con lo que no es conveniente si se quiere captar a un gran número de inversores.
- La constitución de una sociedad limitada, a no ser que sea una Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE), de suele llevar más tiempo que al darse de alta como autónomo que se hace en un día. Por lo que si necesitas darte de alta de forma inmediata para empezar a ejercer una actividad, es mejor hacerlo como autónomo.
- Si para obtener la financiación necesaria el banco nos pide garantías personales, con lo que la responsabilidad limitada ya no es tan “limitada”.
Deja una respuesta